El(La) Secretario(a) Privado(a) de la Presidencia, es el(la) titular de la Secretaría Privada de la Presidencia y ocupa el mayor grado jerárquico dentro de su estructura organizativa, quien es responsable de cumplir con los objetivos y administración de recursos asignados a la misma, Además de las funciones establecidas en el artículo 2 del citado Reglamento, al Secretario Privado de la Presidencia le corresponde:
El(La) Subsecretario(a) Administrativo(a) de la Secretaría Privada de la Presidencia, es responsable de la coordinación de la administración general de la institución, será nombrado(a) y removido(a) por el Presidente de la República, a quien le corresponde de conformidad con el artículo 6 del Acuerdo Gubernativo 108-2015 "Reglamento Orgánico Interno de la Secretaría Privada de la Presidencia", las siguientes funciones:
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